Real Decreto 377/2022, de 17 de mayo, por el que se amplía la tipología de beneficiarios del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y del Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

En nota de prensa del 17 de mayo, el MITECO ha anunciado modificaciones en el RD 477/2021 relativo a los programas de incentivos para sistemas de autoconsumo y almacenamiento y para sistemas térmicos renovables en hogares y otros sectores de la economía.
Entre los cambios aprobados por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico que afectan al sector de la biomasa destaca la inclusión de los equipos de calefacción con leña entre los sistemas subvencionables en el ámbito residencial, siempre que cumplan ciertos requisitos:

El equipo debe tener la parte frontal cerrada, la leña debe tener una humedad máxima del 20% (clase de propiedad M20 según lo establecido en la norma UNE-EN-ISO 17225-5) y las instalaciones deben realizarse en municipios de menos de 50.000 habitantes, que no sean capitales de provincia.

Otro de los cambios reseñables es el mayor apoyo que se proporciona al modelo de empresa de servicios energéticos (ESE) para facilitar las instalaciones a particulares u otras empresas que no tengan capacidad de abordar la inversión.

Recordamos que los aparatos de calefacción local o calderas de menos de 1 MW que utilicen biomasa deben acreditar que cumplen el reglamento de Ecodiseño (Reglamentos (UE) 2015/1185 y 2015/1189) y que el combustible empleado dispone de un certificado otorgado por una entidad independiente acreditada relativo al cumplimiento de la clase A1 según lo establecido en lasnormas UNE-EN-ISO 17225, UNE 164003 o UNE 164004.

En la actualidad, los fabricantes y distribuidores de equipos de combustión de biomasa cuentan con amplios catálogos de calderas y estufas que cumplen el reglamento Ecodiseño sin problemas y, por otra parte, el mercado español y europeo cuenta con sellos de calidad para certificar los biocombustibles como ENplus® para el pellet doméstico o BIOmasud®, específico para biocombustibles mediterráneos entre los que se incluye la leña.

Fuente: AVEBIOM

Publicación en el BOE – Solicitud de las ayudas

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